El pasado 28 de diciembre de 2015, la Sala N ° 9 del Circuito Civil de Panamá, resolvió una Demanda Antimonopolio presentada por la Autoridad Panameña de Protección al Consumidor y Defensa de la Libre Competencia (también conocida como ACODECO) contra algunas aerolíneas internacionales como American Airlines, Delta Airlines , Taca International Airlines, COPA y Continental Airlines (ahora United Airlines), basándose en una supuesta violación de las Leyes Antimonopolio panameñas, debido a la práctica común de las agencias de viajes de cobrar un porcentaje a las aerolíneas en relación con la compra de boletos.
Pardini & Associates actúa como asesor legal de United Airlines.
Después de 14 años de arduo trabajo, muchas demandas presentadas por otros bufetes de abogados que representaban a las otras aerolíneas y audiencias ampliadas, finalmente el Juez Nono emitió su fallo final a favor de los argumentos propuestos por Pardini & Associates, sobre la base de una Excepción archivada en la audiencia principal , en el que se sostenía que la aplicación jerárquica del Tratado de Cielos Abiertos firmada entre Estados Unidos y Panamá y debidamente ratificada por Panamá en 1998 debería prevalecer sobre cualquier otra disposición de la ley panameña.
Habiendo negado previamente, todas las Excepciones presentadas por los demás abogados de la aerolínea, la mencionada sentencia, reconoció que efectivamente nuestros argumentos estaban bien fundamentados y tuvo que desestimar la demanda de ACODECO, basándose en los siguientes hechos:
Basándose en estos hechos, Pardini & Associates pudo preparar una moción llamada en ese entonces: "Excepción de Derechos Internacionales a través del Tratado entre Panamá y los Estados Unidos de América, mediante la Ley Núm. 63 de 15 de octubre de 1998".
Gracias a esos argumentos, todas las compañías aéreas involucradas podrían recibir el beneficio del rechazo de la reclamación de ACODECO, y también podríamos establecer una nueva jurisprudencia para cualquier proceso futuro contra las compañías aéreas en Panamá, estableciendo la obligación de seguir el proceso establecido en el Tratado de Cielos Abiertos.
En este momento, la sentencia del Tribunal de Distrito ha sido apelada por ACODECO y las Agencias de Viajes, quienes participaron con una moción de intervención de terceros. Por lo tanto, tendremos que esperar hasta que el Tercer Tribunal de Apelaciones de Panamá se pronuncie sobre el recurso de apelación y esperemos reconocer nuestra Excepción.
Lic. Juan Raúl Sevillano
jrsevillano@padela.com
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