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Opción de Residencia Permanente para los solicitantes bajo programas laborales específicos

Cualquier solicitante contratado por una empresa dentro del 10% de la nómina panameña o el 15% (Técnicos) tendrá derecho a optar por un estatus de residencia permanente siempre y cuando se complete el proceso.

El proceso migratorio comienza con la presentación de una solicitud inicial de residencia temporal en los Servicios Nacionales de Inmigración, que analizará toda la documentación requerida para esta categoría y proveerá además una resolución otorgando la residencia temporal por 2 años. Antes de la expiración de los 2 años de residencia temporal, el solicitante debe presentar una solicitud de residencia permanente con documentación similar (excepciones: los cheques migratorios y el registro policial) de lo que fue presentado para la solicitud inicial.

El Decreto Ejecutivo también establece que cualquier solicitante con una solicitud o renovación en curso tendrá derecho a optar por la residencia permanente, siempre y cuando el solicitante tenga no menos de 2 renovaciones de residencia.

Lic. Eduardo Achurra
eachurra@padela.com

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