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Cambios Legislativos en la Zona Franca

Desde el 6 de abril de 2011 se modificó la legislación sobre áreas de zonas francas mediante la Ley 32 de 2011. La nueva regulación contempla muchos cambios en cuanto a la definición de zona franca, así como sus beneficios fiscales y requisitos para establecerse.

La nueva ley unifica varios conceptos y legislaciones relacionadas con áreas de zonas de libre comercio, operadores de zonas francas y actividades similares, incluyendo los requisitos para crear nuevas áreas de zona de libre comercio. Sin embargo, las áreas de zonas francas especiales anteriores y existentes, tales como la Zona Libre de Colón; Panamá-Pacífico, Ciudad del Conocimiento (todas reguladas por la legislación especial) son válidas y de ningún modo esta ley ha afectado a la institución creada, lo que significa que los incentivos y requisitos y sus oficinas especiales permanecen como su entidad administrativa.

Conceptos y definiciones

  1. Operador de Zona Franca: Una corporación extranjera o panameña que está a cargo de la administración de una zona de zona de libre comercio.
  2. Desarrollador / Promotor de Zona Libre: Una corporación extranjera o panameña que se encarga de promover (búsqueda de inversionistas, publicidad y recaudación de fondos) para la creación de un área de zona de libre comercio.
  3. Negocio Establecido en la Zona de Zona de Libre Comercio: Una empresa extranjera o panameña establecida en una zona de libre comercio y sus actividades comerciales se centran en: comercio, fabricación, servicios logísticos, investigación científica, actividades ambientales, educación superior, industria de alta tecnología y cualquier otra actividad que el Consejo de Ministros considere válidos.

La nueva ley de zona franca está más estructurada en la definición de las actividades y requisitos permitidos en una zona de zona de libre comercio. También crea una oficina especial llamada "Comisión Nacional de Zona Franca"

Beneficios fiscales

  • Las actividades tales como el comercio, el proceso, la transferencia de bienes o bienes inmuebles, la compra de equipo y material de construcción, productos, maquinaria, herramientas, accesorios, consumibles y cualquier servicio requerido para una empresa registrada en una zona de zona de libre comercio quedarán exentos de cualquier derecho directo o impuestos indirectos, tasas de cualquier cargo gubernamental.
  • Exención de cualquier Licencia de Operación Comercial
  • Productos fabricados con consumibles extranjeros, importados al territorio nacional; pagará derechos de aduana solamente por el valor de las materias primas o componentes extranjeros que fueron incorporados en el producto final. Esto significa que los derechos de aduana se basarán en la categoría de producto final.
  • Empresas de servicios; empresas logísticas; empresas de alta tecnología; centros de investigación científica; institutos de educación superior; servicios Generales; especializada en servicios de salud y servicios ambientales están exonerados al 100% del impuesto sobre la renta en relación con sus servicios extranjeros y por los servicios prestados entre ellos.
  • No hay regulaciones de control de precios

Obligaciones Fiscales

  • Impuesto sobre la renta y IVA en relación con la operación local de leasing y sub-leasing. Sin embargo, los operadores de la Zona Franca están exentos de este impuesto.
  • 5% de impuestos sobre los dividendos no importa la fuente de la operación *
  • 2% del impuesto complementario en caso de desembolso de servicios públicos
  • Impuesto anual. 1% de capital de negocios con una tasa mínima de US $ 100.00 que no puede exceder US $ 50.000,00 *
  • Se aplicarán impuestos selectivos para ciertos bienes y servicios
  • Préstamos: Contribuirá al fondo especial de compensación de intereses, a menos que los préstamos estén garantizados con un depósito bancario
  • Los mencionados deberes fiscales comenzarán a partir del 1 de enero de 2016. No obstante, es importante informar que la ley vigente ignora el hecho de que los marcadores marcados con rojo * ya se cobran con base en la Ley No. 8 de 2010. 

• Cumplir las compensaciones laborales y las primas y contribuciones a la seguridad social

Beneficios de Inmigración

  • Cualquier persona que invierta US $ 250,000.00 en inversionistas de zona franca como dueña o promotor de negocios tiene derecho a solicitar, junto con sus dependientes, una residencia permanente ante el Servicio Nacional de Inmigración.
  • Los empleados extranjeros de un negocio de zona franca (operador, empresa o promotor) tienen derecho a solicitar, junto con sus dependientes, una residencia temporal ante el Servicio Nacional de Inmigración.

Beneficios Laborales

  • Se ha creado una oficina especial de trabajo con el propósito de mediar cualquier conflicto entre el propietario de una empresa y un empleado de una empresa registrada en la zona de libre comercio
  • Un empleado podría ser transferido a diferentes departamentos o líneas de producción, basado en el requisito de las empresas
  • Los empleados podrían ser despedidos basándose en las condiciones del mercado (Se requiere una autorización formal y previa del Ministerio de Trabajo para hacer cumplir esta decisión).
  • Los incentivos de primas de producción, bonificaciones y gratificaciones no se consideran salarios.
  • El empleador (zona de libre comercio de la empresa de negocios) tiene derecho a decidir la temporada o período en que un empleado debe disfrutar de sus vacaciones. Este beneficio también permite que el empleador conceda vacaciones para el personal total o parcial de la empresa, así como la temporada del año para asignar este beneficio laboral.
  • El recargo por horas extras es una tasa fija de 25% del salario por hora.
  • El empleador y el empleado pueden negociar para fijar un día fijo o móvil. Cualquier empleado que trabaje en él día libre tiene derecho a un recargo o el 50% de su salario.

Centros de llamadas

La actividad de centro de llamadas tuvo como norma principal la anterior Ley de Zona Franca (Ley Nº 25 de 1992). La nueva ley núm. 32 de 2011 se convierte en la nueva regulación haciendo algunos cambios administrativos sin cambiar los principales beneficios y ventajas.

El existente y cualquier nuevo centro de llamadas están obligados a presentar ante el Secretario de la Comisión de Zona Libre una lista de documentos para obtener el Registro Oficial de Zona Franca. Tan pronto como estos procesos se completan, los centros de llamadas están sujetos a disfrutar de todos sus beneficios.

Lic. Eduardo Achurra

Eachurrra@padela.com 

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